Por: Pedro Gerardo Tabares
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Álgido el tema que se puso a composición de la Corte Constitucional sobre matrimonio de homosexuales. Seguramente quienes más protestan por una u otra razón, son quienes puedan tener más cerca las personas que han dicho estudios científicos no revaluados, tienen alguna deficiencia hormonal que deben suplir. Pero no es este el tema, se trata de ver que tenemos disposiciones legales que regulan la composición social que no puede seguir en la dicotomía de la doble moral, porque es perjudicial hasta el extremo para quienes surgen a la vida. Con trascendentales reformas, aún quedan en nuestra legislación algunos artículos vigentes del Código Civil de Napoleón.
Sobre los aspectos de conformar la relación hombre-mujer, con regularidad se legisla para actualizar la ley, para adecuarla al comportamiento general en la medida en que se evoluciona. A los homosexuales no se les reconocía hasta hace veinte años, pero con la nueva Constitución que tiene cambios trascendentes se vislumbraron otros derechos que llevan a demandar derechos, aunque el ordenamiento tenga artículos que quedan dentro de la utopía y es mejor no mencionarlos por lo trascendentes,.. AMPLIACIÓN